Se extienden la suspensión de ejecuciones fiscales y el plan de pagos para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro

Nuevos plazos


Publicado: 05/11/2026


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extiende hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de medidas cautelares para determinados contribuyentes, y amplían el régimen especial de facilidades de pago para regularizar deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026.


Ejecuciones fiscales y medidas cautelares

Mediante la Resolución General 5923/2026, ARCA extendió hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares dispuesta originariamente por la Resolución General 5628 y sus normas complementarias.

La medida alcanza a:

  • Entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA bajo las formas jurídicas previstas en la Resolución General 5628 al 29 de octubre de 2026.

  • Micro, pequeñas y medianas empresas de los tramos 1 y 2, con Certificado MiPyME vigente al 29 de octubre de 2026 y caracterización correspondiente en el Sistema Registral.

  • Personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas como pequeños contribuyentes, con el código “547 - Pequeño Contribuyente”, conforme a la Resolución General 5321, sus modificatorias y complementaria.

La nueva prórroga responde a la Resolución 1899 del 29 de octubre de 2026 del Ministerio de Economía, que además incorporó a las MiPyMEs y a los pequeños contribuyentes dentro del alcance de la medida.


Facilidades de pago ampliadas

Por su parte, la Resolución General 5924/2026 modificó el régimen especial de facilidades de pago creado por la Resolución General 5875 y su modificatoria, destinado a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.

Los principales cambios son:

  • Se amplió el universo de deudas regularizables: ahora comprende obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026, inclusive; antes el corte era el 30 de junio de 2026.

  • Se extendió el plazo de adhesión hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.

  • La adhesión se realizará a través del servicio web “Mis Facilidades”, en la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 31/10/2026”.

Desde el 16 de noviembre de 2026, el sistema permitirá incorporar las obligaciones vencidas al 31 de octubre de 2026.

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