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Se extienden la suspensión de ejecuciones fiscales y el plan de pagos para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro
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Se extienden la suspensión de ejecuciones fiscales y el plan de pagos para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro
Nuevos plazos
Publicado:
05/11/2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extiende
hasta el 30 de junio de 2027
la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de medidas cautelares para determinados contribuyentes, y amplían el régimen especial de facilidades de pago para regularizar
deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026.
Ejecuciones fiscales y medidas cautelares
Mediante la
Resolución General 5923/2026
, ARCA extendió
hasta el 30 de junio de 2027
la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares dispuesta originariamente por la Resolución General 5628 y sus normas complementarias.
La medida alcanza a:
Entidades sin fines de lucro
registradas ante ARCA bajo las formas jurídicas previstas en la Resolución General 5628 al 29 de octubre de 2026.
Micro, pequeñas y medianas empresas de los tramos 1 y 2
, con Certificado MiPyME vigente al 29 de octubre de 2026 y caracterización correspondiente en el Sistema Registral.
Personas humanas y sucesiones indivisas
caracterizadas como pequeños contribuyentes, con el código “547 - Pequeño Contribuyente”, conforme a la Resolución General 5321, sus modificatorias y complementaria.
La nueva prórroga responde a la Resolución 1899 del 29 de octubre de 2026 del Ministerio de Economía, que además incorporó a las MiPyMEs y a los pequeños contribuyentes dentro del alcance de la medida.
Facilidades de pago ampliadas
Por su parte, la
Resolución General 5924/2026
modificó el régimen especial de facilidades de pago creado por la Resolución General 5875 y su modificatoria, destinado a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
Los principales cambios son:
Se amplió el universo de deudas regularizables: ahora comprende obligaciones vencidas y multas aplicadas
hasta el 31 de octubre de 2026
, inclusive; antes el corte era el 30 de junio de 2026.
Se extendió el plazo de adhesión
hasta el 30 de junio de 2027
, inclusive.
La adhesión se realizará a través del
servicio web “Mis Facilidades”
, en la opción
“Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 31/10/2026”
.
Desde el
16 de noviembre de 2026
, el sistema permitirá incorporar las obligaciones vencidas al 31 de octubre de 2026.
Resolución General N° 5924/2026
Resolución General N° 5923/2026
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